Asegura el cumplimiento normativo para las operaciones de comercio exterior en Colombia

Compartimos importante información normativa recopilada por el equipo jurídico de Roldán Trade Legal & Compliance, que tiene como propósito mantener actualizados a nuestros clientes en los temas legales que influyen en nuestras soluciones totales en #logística.
En esta edición presentamos las principales novedades legales que impactan directamente las operaciones logísticas, tributarias y de comercio exterior. Conozca los recientes pronunciamientos de la DIAN sobre la declaración de mercancías aprehendidas, la destrucción de mercancías en cumplimiento de garantías, y los beneficios para contribuyentes morosos bajo el Decreto 1419 de 2026. Además, detallamos las nuevas normativas de la Comunidad Andina sobre el tránsito vehicular privado y la fijación de precios de referencia. Finalmente, destacamos las actualizaciones clave de la información exógena para 2026 y el impacto proyectado del proyecto de Ley de Rescate Económico.
TEMAS
Cumplimiento normativo para las operaciones de comercio exterior en Colombia
1. Conozca los beneficios del Decreto 1419 del 2026, el cual busca invitar a los contribuyentes al pago de sus obligaciones con la DIAN.
2. La autoridad aduanera indicó cuales son los presupuestos para la declaración de legalización cuando las mercancías aprehendidas debido a que no se pudo acreditar.
3.Competencia de la División de Fiscalización de la Dirección Seccional para la destrucción de mercancías en cumplimiento de la garantía.
4. La puesta a disposición de la mercancía aprehendida y la comprobación de sus condiciones constituyen etapas consecutivas pero independientes.
5. ¿Se debe presentar el formulario 330 o el formato 3300 cuando se importen productos plásticos de un solo uso excluidos del IPUSUI (Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de Un Solo Uso)?
6. Conoce lo nuevo sobre el ingreso, permanencia y salida temporal del vehículo de uso privado del turista.
7. La SGCA publicó los precios de referencia del sistema andino de franja de precios para segunda quincena de octubre.
8.Se prorroga el término para adoptar una determinación preliminar dentro de la investigación antidumping en las importaciones de ácido cítrico originarias de China.
9. Se ajustan requisitos para la presentación de la información exógena tributaria.
10. Proyecto de reforma tributaria denominada Ley de Rescate Económico.
1. Conozca los beneficios del Decreto 1419 del 2026, el cual busca invitar a los contribuyentes al pago de sus obligaciones con la DIAN.
La medida busca que cerca de 200.000 contribuyentes de todo el país se beneficien de las medidas tomadas por el gobierno, ya que se cuenta con la oportunidad de normalizar las obligaciones pendientes en materia tributaria, aduanera o cambiaria. Entre las medidas a las que pueden acceder los contribuyentes, se encuentran, 85% descuento en sanciones por mora o intereses a una tasa del 4,5% anual; corrección de declaraciones sin intereses; conciliaciones judiciales en procesos tributarios, aduaneros y cambiarios, con reducción de hasta el 85% en sanciones e intereses del 4.5% anual.
2. La autoridad aduanera indicó cuales son los presupuestos para la declaración de legalización cuando las mercancías aprehendidas debido a que no se pudo acreditar.
La declaración de legalización será procedente para las mercancías aprehendidas por el numeral 8 del artículo 69 del Decreto 920 de 2023, porque no se pudo determinar la solvencia económica para desarrollar la operación de comercio exterior o el origen de los fondos para llevarla a cabo, hoy numeral 6 del artículo 26 de la Ley 2586 de 2026, referida a cuando en el control previo, simultáneo o posterior se determine la no capacidad económica y financiera de la operación de comercio exterior o la no acreditación del origen legal de los fondos para llevarla a cabo soportado en estudios y evidencias previas; siempre y cuando se cumplan los siguientes presupuestos: i) Se trate de mercancía presentada ante la autoridad aduanera, ii) Se acredite el cumplimiento de restricciones legales y/o administrativas si a ello hubiere lugar, iii) Se cancelen los tributos aduaneros, más el valor del rescate establecido en el artículo 293 del Decreto 1165 de 2019, cuando a ello hubiere lugar, y iv) Se subsane la situación que dio lugar a la causal de aprehensión, es decir, el consignatario, destinatario, importador o exportador acredita un aporte adicional de recursos económicos y/o financieros que le permiten soportar el 100% de la operación de comercio exterior investigada.
3. Competencia de la División de Fiscalización de la Dirección Seccional para la destrucción de mercancías en cumplimiento de la garantía.
El artículo 199 del Decreto 1165 de 2019 regula la importación en cumplimiento de garantía, estableciendo la posibilidad de importar mercancías en reemplazo de aquellas averiadas, defectuosas o impropias, sin exigencia de exportación previa, siempre que se constituya la garantía correspondiente para asegurar la exportación o destrucción de la mercancía sustituida dentro del término previsto en la norma. Sin embargo, cuando no se logré la exportación de la mercancía, se debe levantar un acta por el funcionario competente de la División de Fiscalización de la Dirección Seccional correspondiente de la destrucción de la mercancía, en la cual se consignarán los elementos esenciales de la diligencia, incluyendo la identificación de la misma, las razones que justifican la destrucción, la declaración de importación que la ampara y demás datos previstos en la norma, sin que la pueda realizar persona distinta o un privado.
4. La puesta a disposición de la mercancía aprehendida y la comprobación de sus condiciones constituyen etapas consecutivas pero independientes.
De la lectura de los artículos 28 y 29 de la Ley 2586 de 2026, se advierte que la puesta a disposición de la mercancía y la comprobación de sus condiciones constituyen etapas consecutivas pero independientes, esto quiere decir que, equiparan la frase "poner la mercancía a disposición" con la entrega material, sin que el óptimo estado de la mercancía constituya un elemento constitutivo de dicha obligación.
5. ¿Se debe presentar el formulario 330 o el formato 3300 cuando se importen productos plásticos de un solo uso excluidos del IPUSUI?
No. Cuando el importador, durante el respectivo período gravable, realice exclusivamente importaciones de productos plásticos de un solo uso excluidos del IPUSUI, no hay impuesto causado, ni impuesto a liquidar, declarar o pagar. En consecuencia, por esas operaciones excluidas no surge la obligación de presentar el formulario 330 ni el formato 3300 y, por lo mismo, su no presentación no da lugar a la sanción del artículo 651 del Estatuto Tributario.
6. Conoce lo nuevo sobre el ingreso, permanencia y salida temporal del vehículo de uso privado del turista.
La Secretaría General de la Comunidad Andina aprobó la decisión 968 la cual busca la integración e interoperabilidad de la información de las entidades migratorias, policiales y registrales de la propiedad vehicular con sus sistemas aduaneros que controlan el ingreso, permanencia y salida de vehículos, a fin de agilizar y garantizar su adecuado flujo entre los Países Miembros.
7. La SGCA publicó los precios de referencia del sistema andino de franja de precios para segunda quincena de octubre.
La Secretaría General de la Comunidad Andina comunicó la fijación de Precios de Referencia del Sistema Andino de Franja de Precios de productos como Carne de cerdo, Trozos de pollo, Leche entera, Trigo, Cebada, Maíz amarillo, Maíz blanco, Arroz blanco, Soya en grano, Aceite crudo de soya, Aceite crudo de palma, Azúcar crudo, Azúcar blanco, los cuales aplicaran para las importaciones que arriben a puerto de la Comunidad Andina entre el primero de noviembre al quince del mismo mes.
8. Se prorroga el término para adoptar una determinación preliminar dentro de la investigación antidumping en las importaciones de ácido cítrico originarias de China.
Dentro de la investigación Antidumping adelantada por el Ministerio de Comercio, Industria y Comercio a las importaciones de ácido cítrico correspondiente a la subpartida 2918.14.00.00 originaria de China, la entidad decidió prorrogar el plazo previsto para su adopción teniendo en cuenta el volumen considerable de información aportada dentro del proceso
9. Se ajustan requisitos para la presentación de la información exógena tributaria.
La Resolución 000033, expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales el 30 de octubre de 2026, modifica y adiciona el Título 3 de la Resolución 000227 de 2025 con el fin de actualizar, aclarar y ampliar las condiciones y especificaciones técnicas para el reporte de información exógena tributaria. Entre sus cambios principales, la norma ajusta los lineamientos para fondos de pensiones, crea un nuevo formato y anexo técnico para fortalecer el control sobre el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), y amplía el universo de sujetos obligados a reportar información sobre préstamos de dinero y créditos activos. Además, actualiza múltiples formatos y tablas para mejorar la trazabilidad y fiscalización de rentas exentas, devoluciones de IVA, descuentos tributarios solicitados, ingresos recibidos para terceros, donaciones y operaciones con activos digitales, estableciendo que la mayor parte de estas obligaciones aplicarán para los años gravables 2026 y 2027 en adelante.
10. Proyecto de reforma tributaria denominada Ley de Rescate Económico.
Se radicó proyecto de Rescate Económico el cual establece el gravamen con IVA a la tarifa general para licores y bebidas alcohólicas, e incrementa progresivamente las tarifas del impuesto nacional al carbono y a las bebidas ultraprocesadas endulzadas. Además, reinstaura o mantiene cargas significativas como el impuesto al patrimonio para el cuatrienio 2027-2030 e introduce nuevos impuestos como el de normalización tributaria, incluyendo un gravamen específico para criptoactivos. En el ámbito estatal, el proyecto faculta al gobierno para realizar recortes y centralizaciones, otorgando amplias facultades extraordinarias para suprimir, fusionar o escindir entidades públicas y modificar plantas de personal, e impone límites estrictos al crecimiento de gastos operativos, viáticos, contratación por prestación de servicios y publicidad oficial, priorizando la reducción del déficit a costa de una profunda contracción en el funcionamiento estatal.
En Roldán logistics entendemos que la actualización regulatoria es clave para lograr el cumplimiento normativo para las operaciones de comercio exterior en Colombia.
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